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Mejores pagares

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Una de las inversiones a plazo que tienen los bancos en México de bajo riesgo es el pagaré, que como primer beneficio se encuentran protegidos por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) hasta por un monto equivalente a 400 mil UDIS por cliente por institución.

Una de las ventajas que podemos destacar de un pagaré es que ofrece rendimientos garantizados, los cuales el cliente conoce desde el momento en que los contrata ya sea en las sucursales como a través de Internet.

Además, puede decidir el importe que invertirá en el pagaré y el plazo desde 1 hasta un máximo puede variar según la entidad, con sistemas de remuneración diferentes, con tipo de interés fijo, creciente o variable.

Los mejores pagarés dependerán de muchas condiciones, como importe, plazo, tasa de interés, el CAT, productos asociados, etc, es decir que debemos aprovechar tipos de interés altos y que la entidad no nos obligue a contratar otros productos, salvo la cuenta donde liquidará los intereses a vencimiento.

Para contratar un pagaré los bancos suelen solicitar los siguientes requisitos:

  • Celebrar un contrato
  • Realizar un depósito inicial
  • Ser mayor de 18 años
  • Identificación oficial vigente
  • Comprobante de domicilio

Mejores pagares:

Recuerde que “Todas las operaciones establecidas en el Artículo 46 fracciones I y II, de La Ley de Instituciones de Crédito, están garantizadas por el Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB), hasta por cuatrocientas mil unidades de inversión (UDIS), sea persona Moral o Física, independientemente de que se trate de una o mas cuentas por cliente, individuales o colectivas, conforme a las disposiciones de la Ley de Protección al Ahorro Bancario y las que deriven de la misma”.

Además tenga presente que se encuentra vigente el Impuesto a los Depósitos en Efectivo conodico como el IDE, grava a los depósitos en efectivo, sea uno o la sumatoria de varios, cuyo monto supere $15,000 pesos en el mes (vigencia a partir del 1 de enero de 2010, anteriormente eran montos superiores a los $25.000). Actualmente, la tasa a aplicar es del 3% sobre el excedente del mencionado monto durante el mes transcurrido.

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